Antes de finalizar el ejercicio, la Intervención General, a instancias de la Dirección General competente en materia de tesorería, imputará la reserva de crédito al presupuesto de gasto de la Consejería o agencia, de tal forma que quede regularizada, aplicando su importe al procedimiento especial de pago de relación contable. En aquellos supuestos en que la normativa reguladora de la correspondiente obligación de pago exija la determinación de una cuenta específica en la que deban realizarse los pagos, esta deberá estar comprendida dentro de las cinco cuentas activas que como máximo se incluyen en el referido Fichero. Elaborar el informe de rendición del fondo fijo renovable para validar los gastos y generar el reembolso correspondiente. Artículo 7. Cuando no reúna los requisitos, se otorgará a la persona interesada un plazo de subsanación de diez días conforme a lo establecido en el artículo 73 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con indicación de que, si no subsana, se le tendrá por desistida de su trámite. Esta cuenta se denominará bajo el siguiente título: Tesorería General de la Junta de Andalucía. La presentación de la solicitud de constitución de garantía mediante aval, seguro de caución o valores a través de medios electrónicos, determinará la apertura de un plazo de dos días en los cuales la Caja comprobará que la documentación presentada cumple los requisitos exigidos en la presente norma. 4. 1. Cuando la Administración de la Junta de Andalucía, las agencias administrativas y de régimen especial, las agencias públicas empresariales comprendidas en el artículo 2.1, los consorcios del artículo 1.b) y las instituciones estén obligados a publicar información sobre contratos, convenios y subvenciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, o sobre cualquier otro expediente de gasto o información económico-financiera que sea objeto de publicidad activa y que genere documentos de pago en la Tesorería General de la Junta de Andalucía, deberán incluir en su publicación los elementos necesarios para que puedan relacionarse con los datos de los documentos de pago que se hayan materializado por la referida Tesorería. CAPÍTULO II. Del procedimiento general de pago de las obligaciones. El capítulo I, de las Ordenaciones de Pagos y de sus funciones, configura la estructura orgánica de la ordenación en el ámbito de la Tesorería General de la Junta de Andalucía, asignando el ejercicio de las funciones de ordenación general de pagos de la Junta de Andalucía a la persona titular de la Dirección General competente en materia de tesorería y reconociendo las competencias propias de ordenación que residen en las agencias, consorcios, instituciones y en el Organismo Pagador de los Fondos Europeos Agrícolas. Apoyo económico a los casos reportados por COVID 19 para trabajadores (nombrados, cas, tesoro público y designados), docentes y estudiantes de pregrado; el cual cubre gastos en, Relacion de adjudicados para la Beca Vivienda del 2021: -->, Comunicado para los inscritos al Programa de vacunación contra la influenza y entrega de pastillas de desparasitación. Quedan excluidas del ámbito de la Caja las garantías que se constituyan a favor de la Administración de la Junta de Andalucía en las operaciones que se realizan en el ámbito de los fondos carentes de personalidad jurídica, a las que no les resultará de aplicación lo dispuesto en este título, salvo lo que establezcan disposiciones específicas en relación con determinados procedimientos y tipos de garantía. Elaboración del Plan Operativo Institucional (POI) multianual 2022-2024. Para la elaboración y actualización de este Presupuesto de Tesorería, las obligaciones de pago contraídas por la Administración de la Junta de Andalucía frente a las agencias, instituciones, sociedades mercantiles del sector público andaluz, los consorcios del artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, fundaciones y otras entidades referidas en el artículo 5.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como de los fondos carentes de personalidad jurídica previstos en el artículo 5.5 de la citada norma, podrán someterse a calendarios de pago aprobados por la Dirección General competente en materia de tesorería a propuesta de la Consejería a la que se encuentre adscrito el ente o de la Consejería a la que corresponda el seguimiento y evaluación de los fondos carentes de personalidad jurídica, que contendrán una programación mensual de los pagos a su favor, sin perjuicio de que su ejecución material deba ajustarse en cada momento a las disponibilidades monetarias de la Tesorería General de la Junta de Andalucía. 2. Caja General de la Tesorería. /Type /XObject Autorización y pago mediante cheque. En este navegador se ha inhabilitado
En los supuestos de cesiones de una pluralidad de derechos de cobro será suficiente con una única comunicación fehaciente del acuerdo de cesión que deberá incluir el contenido mínimo establecido en el apartado 2. 3. 2. Palm Coast is one of Florida's newest cities, … Gran paso sanmarquino hacia las semifinales del torneo. La Tesorería General de la Junta de Andalucía llevará a cabo los movimientos de fondos entre sus cuentas que sean necesarios para la realización de las funciones que tiene encomendadas con sujeción a una gestión eficiente de los recursos que la integran. Disposición transitoria tercera. Los movimientos de fondos de esta cuenta requerirán tres firmas mancomunadas, que corresponderán a la persona titular del órgano de la Administración de la Junta de Andalucía o de la Presidencia o Dirección de la agencia, institución o consorcio, a la persona responsable de la recaudación y a la persona titular de la Intervención Delegada, Central o Provincial competente. 2. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa se podrá entender estimada la solicitud por silencio administrativo. b) A la fecha de entrada en vigor de este Reglamento, todas las agencias públicas empresariales del artículo 2.1 y los consorcios del artículo 1.b), se han integrado en el régimen de materialización del pago de sus obligaciones por la Tesorería General de Junta de Andalucía previsto en el artículo 73.bis.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, por lo que sus cuentas bancarias de pago solo podrán permanecer operativas a efectos de retrocesiones de pagos y procesos similares. La ejecución de las retenciones se practicará por la totalidad del importe de la traba cuando haya crédito suficiente y su ingreso se realizará en la cuenta de consignaciones correspondiente del órgano judicial embargante o, en su caso, en la cuenta de recaudación de titularidad del órgano administrativo embargante. Se entiende por pago indebido, a los efectos de este Reglamento, el que se realiza por error material, aritmético o de hecho, en favor de persona en quien no concurra derecho alguno de cobro frente a la Administración con respecto a dicho pago o en cuantía que excede de la consignada en el acto o documento que reconoció el derecho de la persona acreedora. 3. Devolución de ingresos de Derecho Público declarados indebidos en un procedimiento de revisión del acto de liquidación del Servicio Andaluz de Salud. Todas las transferencias ordenadas a las entidades de crédito que no sean abonadas en la misma cuenta de la Tesorería donde se realizó el adeudo, se entenderán cumplimentadas en sus propios términos. HORARIO DE ATENCIÓN. A tal efecto, la citada Dirección General podrá establecer a estos entes criterios específicos de ordenación para garantizar el respeto de la normativa estatal vigente en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y, específicamente, del cumplimiento del período medio de pago. The Registration, affiliation and termination of workers. Los órganos de gestión de la Tesorería General de la Junta de Andalucía operarán con las cuentas que mantengan abiertas en el Banco de España y en las entidades de crédito. Con motivo de la regulación de este nuevo régimen, se realiza una revisión tanto del concepto de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía como del ámbito de la Tesorería General, previstos en los artículos 6 y 72.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, respectivamente, incluyendo a las agencias públicas empresariales del artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, a las que se extiende el régimen jurídico de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y sus procedimientos. Cuando el pago indebido se derive de actos dictados o actuaciones realizadas por los órganos de la agencia o consorcio, corresponderá a los mismos el inicio y resolución del procedimiento de reintegro. DÍA : 04 de noviembre HORA, CHARLAS DE FORMACIÓN LABORAL Participa de las charlas registrándote en el link: https://forms.gle/i4K7tphzxcDpBDyn9 * Lunes 25 de octubre 12:00 pm - El uso de las redes sociales para. Artículo 3. El órgano competente para la ejecución lo será también para la elaboración de la propuesta de pago, la cual estará sometida a la modalidad de control que se establezca en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Dichas entidades deberán solicitar autorización previa de la persona titular de la Dirección General competente en materia de tesorería para la apertura de las cuentas cuando estas sean necesarias por razón de las operaciones que se desarrollen o del lugar en que se efectúen y, asimismo, deberán comunicar su cancelación. Hasta que no se produzca tal implantación, dichas obligaciones deberán incorporarse en el Censo Único de Obligaciones, con una periodicidad no superior a la semanal o aquella que se dicte por Resolución de la Dirección General con competencias en materia de tesorería. 4. Subsección 3.ª Especialidades en el procedimiento de reintegro de cuantía satisfecha. La Dirección General con competencia en materia de tesorería elabora este Presupuesto que integrará el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y de los entes de su sector público, así como el presupuesto consolidado de todos los entes instrumentales clasificados en el subsector «Administración Regional» del sector «Administraciones Públicas» conforme a la definición del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales. Transcurrido este plazo sin que se haya recibido esta comunicación, y realizadas las comprobaciones oportunas para considerar que ya no están vigentes, la Caja podrá acordar, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de tesorería, dar de baja en sus registros dichas garantías y depósitos. El plazo para resolver y notificar la autorización será de dos meses. En las entidades instrumentales que no forman parte del ámbito de la Hacienda Pública, definido en el artículo 6 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, los ingresos derivados de su gestión recaudatoria se ingresarán en sus cuentas propias conforme a lo dispuesto en su normativa específica. Esta cuenta se utilizará para situar los recursos del fondo, cualquiera que sea la entidad que los aporte, destinados a cumplir su finalidad específica, mediante la realización de las operaciones que prevea su ley de creación y normas de desarrollo, hasta el momento de su liquidación total o parcial. Los procedimientos para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos tributarios y de ejecución de devoluciones tributarias regulados en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo; y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, se tramitarán y resolverán por los órganos de la Agencia Tributaria de Andalucía que tuvieran atribuidas dichas competencias. b) Que se designe el órgano al que se va a dotar de caja y de cuenta restringida de ingreso y la persona responsable de la recaudación, que deberá constatar que los ingresos que se realicen en la cuenta restringida son los que corresponden a la recaudación diaria de la caja. Artículo 36. La gestión recaudatoria de los ingresos de Derecho Público de naturaleza tributaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía corresponde a la Agencia Tributaria de Andalucía, tanto en período voluntario como ejecutivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, sin perjuicio de las delegaciones o atribuciones de competencias realizadas, en cuyo caso corresponde a los órganos en que se haya delegado o atribuido. Estas cuentas estarán incluidas en el Fichero de Cuentas y Cajas referido en el artículo 20, en sección independiente, donde se registrarán los datos mínimos contenidos en el apartado 1 de este artículo, a los efectos de contener en este fichero una información integrada de las cuentas del sector instrumental de la Comunidad Autónoma. Pinche Aquí. 1. 5. La disposición y el movimiento de fondos de las cuentas tesoreras requerirá tres firmas mancomunadas por parte de las áreas de la Ordenación de Pagos, Tesorería e Intervención, que corresponderán, respectivamente, a las personas titulares de la Dirección General competente en materia de tesorería, de su Servicio de Tesorería y de su Intervención Delegada. 2. 2. 8. Dentro de la referida Dirección General, los Servicios Provinciales de Tesorería serán las unidades administrativas encargadas de la gestión, administración y mantenimiento del Fichero de Cuentas y Cajas. d) Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades dinerarias para la satisfacción puntual de sus obligaciones. b) De naturaleza no tributaria en período ejecutivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2.e) del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía aprobado por Decreto 4/2012, de 17 de enero. Los pagos de las obligaciones realizados por la Dirección General competente en materia de tesorería a las personas acreedoras de estas agencias y consorcios se entenderán efectuados en nombre y por cuenta de estas, teniendo plenos efectos liberatorios. 3. Recaudación en periodo ejecutivo. 3. Cuando los pagos deban efectuarse en moneda distinta al euro, los órganos gestores de las Consejerías, de las agencias administrativas, de régimen especial, de las agencias públicas empresariales referidas en el artículo 2.1 y de los consorcios del artículo 1.b), cursarán las propuestas de documento contable de reconocimiento de la obligación por su importe incrementado en el porcentaje que determine la Consejería competente en materia de Hacienda, en previsión de la posible fluctuación de la divisa. Aplazamiento y fraccionamiento. El referido órgano directivo podrá determinar mediante resolución la cancelación o bloqueo de las cuentas autorizadas, cuando constate que no subsisten las razones que originaron su autorización, cuando se produzcan hechos que dificulten su normal funcionamiento o se detecten incumplimientos del régimen y condiciones impuestas para su utilización. Las entidades de crédito estarán obligadas a comunicar a la Consejería competente en materia de Hacienda la apertura, modificación y cancelación de las cuentas de las entidades referidas en este precepto cuando les sea requerido. Indicar los antecedentes del egreso para su identificación: Señalar medio de pago, indicando los siguientes antecedentes, según se requiera: Nota : Pagos por Caja BancoEstado caducan a los 90 días y los Vale Vistas a los 90 días, contados desde su fecha de emisión. 3. Elaboración del compendio estadístico de la OGBU, periodo 2020. Certificación y autentificación de documentos, Requisitos rectificación de diploma de grado y título, Cursos no evaluables por Jurado ad hoc (Plan 2018) RD Nº 683-2020, RR N.º744-2020 DIRECTIVA para presentar y sustentar tesis, trabajo de investigación para obtener grado académico, y tesis, trabajo de suficiencia para obtener título, RR 8833-22 Instructivo para elaborar Trabajo de Suficiencia Profesional, RR 9727-22 DIRECTIVA Procedimiento para sustentación de tesis de pregrado, RD N.º057-2021 Instructivo sobre procedimientos para la obtención de grados y títulos, Bachillerato con Trabajo de Investigación, UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS. 3. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Decreto y, expresamente: a) El Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria. Entrada en vigor. A este efecto, seleccionarán del conjunto de sus obligaciones pendientes registradas en el sistema de gestión presupuestaria, contable y financiera de la Administración de la Junta de Andalucía aquellas cuyo pago deba materializarse y su prelación. Estos procesos se realizarán preferentemente mediante procedimientos de firma electrónica. Señalar si se requiere la imputación a otra deuda, indicando a qué deuda, o la devolución del monto. Link: https://aulavirtual.mimp.gob.pe/login/signup.php Clave: MIMP, La oficina de Servicio Social-OGBU invita a la Comunidad Universitaria, a participar de estar gran bicicleteada: Fecha: 16 de noviembre Hora: 8:30 am Punto de partida: Gimnasio, La Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la #Universidad San Ignacio de Loyola empataron 1-1 en la primera fecha de la segunda etapa del campeonato de, El equipo de vóley damas de La Universidad Nacional Mayor de San Marcos venció 2-0 con parciales de 27-25 y 25-11 a la Universidad Peruana los Andes, Activa tu cuerpo y mente mediante las clases de deportes que te brindamos !! Las Leyes de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los ejercicios 2019 y 2020 introducen modificaciones en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía para abordar el nuevo régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad y control de las agencias públicas empresariales del artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y de los consorcios del artículo 12.3 de la misma. Los recursos financieros correspondientes a los presupuestos de ingresos de los consorcios del artículo 1.b) se situarán en la Tesorería General de la Junta de Andalucía contablemente diferenciados y reflejando la titularidad de los mismos, para el ejercicio por la Dirección General competente en materia de tesorería de las funciones de materialización del pago de las obligaciones que se ordenen en el ámbito de estos consorcios, atribuidas en el artículo 73.bis.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Las modalidades de garantía de aval y seguro de caución deberán ser autorizadas por las personas apoderadas de la entidad garante que tengan poder suficiente para obligarla plenamente. A esta denominación se añadirá la de la agencia, institución o consorcio de que se trate. 2. A estos efectos, podrá solicitar información a los órganos competentes para acordar el reintegro, de la gestión realizada por los mismos en su correspondiente ámbito de actuación. La información referida a la naturaleza de las obligaciones de pago o de los derechos de cobro, de las personas acreedoras o deudoras, así como cualquier otra información sustantiva relativa a dichas obligaciones y derechos, se corresponderá con la que los órganos competentes hayan consignado en el citado sistema de gestión. Requiere cinco (5) estudiantes de los primeros ciclos de la carrera para apoyar bajo la modalidad de Bolsa de Trabajo, la actividad consiste en la clasificar y archivar la documentación en el archivo de la unidad de Tesorería de la UNMSM. La sección 3.ª, relativa al procedimiento de materialización del pago de las obligaciones de los entes del ámbito de la Tesorería General y de los consorcios, está conectada con la distribución de las funciones en el proceso de pago que se regula en el artículo 43, en desarrollo del artículo 73.bis del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. Objeto. 4. 2. Una vez realizada la adjudicación y formalización del contrato, se comunicarán estos extremos a la Dirección General competente en materia de tesorería, con indicación de la fecha de inicio de su ejecución. 3. Las retenciones que en concepto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se hayan abonado indebidamente, se reintegrarán mediante compensación efectuada por las Secretarías Generales Técnicas, las Delegaciones del Gobierno, las Delegaciones Territoriales o Provinciales, y las Secretarías Generales de las agencias administrativas y de régimen especial, u otros órganos competentes en materia de gestión de nóminas, en las retenciones a cuenta siguientes que deba ingresar en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, siempre que se admita esta forma de compensación por el órgano competente en la Administración General del Estado. La aplicación de las diligencias de embargo que recaigan sobre retribuciones del personal de la Administración de la Junta de Andalucía, agencias y consorcios, corresponderá a los siguientes órganos: a) Las Secretarías Generales Técnicas de las distintas Consejerías, las Secretarías Generales de las agencias administrativas y de régimen especial y los órganos de dirección con competencias en materia de personal de las agencias públicas empresariales del artículo 2.1 y de los consorcios del artículo 1.b), en relación con el personal bajo su dependencia. De las disposiciones transitorias, las novedades se contienen en la primera, que dispone la regularización del régimen de las cuentas y cajas autorizadas de la Tesorería y de los consorcios, y en las transitorias sexta, séptima, octava y novena que incorporan reglas transitorias en materia de fiscalización de los gastos de personal, elaboración de la nómina de las agencias y consorcios y en materias referentes a la Caja General de Depósitos. Modelo de certificación de Seguro de Caución. Para acreditar el pago de impuestos, reajustes, intereses o sanciones asociado a su Rut, y verificar su registro en la cuenta única tributaria, se deberá indicar número, folio, fecha de vencimiento y monto del formulario pagado por error, en exceso o doblemente. 5. En caso de disposición de fondos, las personas designadas deberán tener la condición de personal funcionario. Indicar el monto y motivo de su devolución para identificar el pago por caja BancoEstado (pago cash) vigente en nuestros sistemas, Señalar los antecedentes de su cuenta bancaria para efectuar el reemplazo a depósito, El contribuyente debe ser titular de la cuenta bancaria, Las cuentas bancarias no deben ser bipersonales o multipersonales ni pertenecer a un tercero, Pagos por caja BancoEstado caducan a los 90 días, contados desde su fecha de emisión. 1. WebgestiÓn del capital de trabajo y tesorerÍa. 10. Modelo de acuerdo de cancelación de garantía o depósito. La gestión de tesorería de los fondos carentes de personalidad jurídica del artículo 5.5 del Texto Refundido se atribuye a la entidad gestora de los mismos conforme a su normativa específica. Esta reserva de crédito solo podrá ser aplicada al expediente de gasto que dé cobertura a la deuda exigida por la Tesorería General de la Seguridad Social. La redacción de esta disposición es respetuosa con los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin perjuicio de la cancelación de las cuentas en los supuestos de liquidación total de los fondos, el referido órgano directivo podrá determinar, mediante resolución motivada, la cancelación o bloqueo de las cuentas autorizadas cuando se produzcan hechos que dificulten su normal funcionamiento o se detecten incumplimientos del régimen y condiciones impuestas para su utilización, sin perjuicio de las funciones de control que corresponden a la Intervención General y de las actuaciones que fueran necesarias para mantener, en su caso, los recursos disponibles para el cumplimiento de la finalidad prevista en su normativa de creación. La Dirección General con competencias en materia de tesorería podrá dictar instrucciones para adaptar la información a publicar prevista en el apartado 3 del artículo 22 en función del régimen de contabilidad aplicable a estas entidades. 3. Artículo 89. En este supuesto de compensación, se devengará interés de demora desde el día siguiente al del vencimiento de la deuda en periodo voluntario de pago hasta la fecha de extinción de la deuda mediante compensación, sin perjuicio de los intereses que se hayan devengado de conformidad con lo previsto en el artículo 69.2. 2. b) Compensación de oficio por la Administración con la nómina o nóminas siguientes, una vez transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario y aplicando los límites establecidos en el artículo 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Cada quincena comprenderá desde el fin de la anterior hasta el día 5 o 20 siguiente o hasta el inmediato hábil posterior, si el 5 o el 20 son inhábiles. Ingresos de las autoliquidaciones derivados de las funciones atribuidas a las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario. Nota: Considerando la posible demora que podría sufrir la entrega de su cheque por la contingencia sanitaria, se recomienda al contribuyente privilegiar el pago de su devolución mediante depósito en cuenta bancaria, que es rápido y seguro. 1. f) Los recursos administrativos o, en su caso, contencioso-administrativos que se puedan interponer contra la resolución dictada, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con la Ley 9/2007, de 22 de octubre, así como el órgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos. En ningún caso se podrán registrar adeudos en la contabilidad pública que tengan como único soporte los apuntes reflejados en los extractos bancarios de las entidades de crédito, y siempre se requerirá que exista el correspondiente documento justificativo del órgano administrativo competente que dé soporte al asiento en la contabilidad pública. 2. CAPÍTULO II. Cuando se produzcan las circunstancias referidas en el artículo 73.bis.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, mediante Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda se determinará la aplicación del artículo 57 al Patronato de la Alhambra y Generalife. La actuación y gestión documental de la Caja y la relación de las personas interesadas con la misma se realizará por medios telemáticos en el marco regulador de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para cuya implementación se aprueban nuevos formularios para cada uno de los documentos y trámites exigidos, dotando de una mayor simplificación administrativa a los procedimientos desarrollados en su ámbito. En este título las modificaciones introducidas en este nuevo Reglamento obedecen a la integración de las agencias públicas empresariales del artículo 2.1 en el ámbito de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la aplicación de su régimen a los consorcios del artículo 1.b). Una vez transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin que se hubiese realizado el mismo, el órgano que ha dictado la resolución de reintegro lo comunicará al órgano competente para la gestión de la nómina de la que perciba sus haberes la persona deudora, a fin de que realice el descuento correspondiente, aplicando los límites establecidos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. ... Correo: mesadepartessum@unmsm.edu.pe Teléfono IP virtual: 6197000 … All rights reserved. La comunicación tendrá el siguiente contenido mínimo: a) Identificación inequívoca del contrato, factura, resolución o acto del que deriva el derecho de cobro. Estas operaciones de distribución de las disponibilidades dinerarias entre las diferentes cuentas de la Tesorería, no implican salidas ni minoración de recursos y pueden ejecutarse por los órganos y unidades competentes, en función de la titularidad de la cuenta. Se habilita a la Dirección General competente en materia de tesorería y a la Intervención General de la Junta de Andalucía para dictar las instrucciones conjuntas necesarias para la aplicación de los procesos asociados al pago en moneda extranjera. Cuenta restringida para la prestación del servicio de caja. Se modifica el apartado 2 del artículo 2, que queda redactado como sigue: «2. Cuando los saldos de la entidad de crédito y de la contabilidad pública de una cuenta no coincidan se deberá proceder a la comprobación individualizada de las partidas registradas por la entidad de crédito y las reflejadas en la contabilidad, investigando el origen de las partidas a conciliar y clarificando las diferencias.
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